La PENITENCIARÍA APOSTÓLICA ha concedido Indulgencia plenaria
LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, en virtud de las facultades concedidas por el Sumo Pontífice, ha concedido Indulgencia plenaria, bajo las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), a los fieles, que, verdaderamente arrepentidos, acudan devotamente en forma de peregrinación a los templos jubilares y en las fiestas jubilares abajo indicadas, o bien dediquen un conveniente espacio de tiempo meditando ante los restos del Venerable y concluyan con la oración del Padre Nuestro, el rezo del Símbolo de la Fe e invocaciones a la Santísima Virgen María y al Venerable P. Tomás.
Los fieles que por enfermedad, por su edad avanzada o por grave causa no puedan salir de casa, podrán conseguir la indulgencia plenaria si, con espíritu desapegado de cualquier pecado y propósito de cumplir cuanto antes las acostumbradas condiciones, se unen espiritualmente a dichas celebraciones y ofrecen los dolores y sufrimientos de la propia vida a Dios misericordioso.
Roma, 30 de noviembre de 2017
Los fieles que por enfermedad, por su edad avanzada o por grave causa no puedan salir de casa, podrán conseguir la indulgencia plenaria si, con espíritu desapegado de cualquier pecado y propósito de cumplir cuanto antes las acostumbradas condiciones, se unen espiritualmente a dichas celebraciones y ofrecen los dolores y sufrimientos de la propia vida a Dios misericordioso.
Roma, 30 de noviembre de 2017
Templos Jubilares |
Fechas Jubilares relacionadas con el Venerable P. Tomás Morales S.J. |
Rovacías, C/ Juan de Mena, 23 - Madrid
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Fechas señaladas en la vida del Venerable P. Tomás Morales S.J.
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